Miles de familias que estaban esperando el cuarto ciclo de Renta Ciudadana y Compensación del IVA tendrán que esperar un poco más.
Prosperidad Social informó el 20 de agosto de 2026 que el pago que inicialmente estaba previsto para comenzar el 21 de agosto será reprogramado para septiembre.
Pero aquí viene lo importante: todavía no existe una fecha exacta de pago para septiembre.
La entidad explicó que está revisando junto con el Departamento Nacional de Planeación (DNP) cómo se aplicará el Registro Universal de Ingresos, RUI, porque el cambio en el sistema de focalización podría tener un impacto importante sobre los hogares que actualmente reciben estas transferencias.
Y hay un documento que ayuda a entender por qué está ocurriendo todo esto: el Decreto 0662 del 26 de junio de 2026.
¿Qué es el RUI explicado a lo coquito?
Vamos por partes.
Durante muchos años, el Sisbén ha sido una de las principales herramientas utilizadas por el Estado para identificar a las personas y hogares que podrían necesitar ayudas sociales.
El RUI busca cambiar esa manera de mirar la situación económica de las familias.
En palabras sencillas:
Sisbén: ayuda a clasificar a los hogares según determinadas condiciones socioeconómicas.
RUI: busca utilizar información proveniente de diferentes fuentes para tener una visión más amplia de los ingresos y de la situación económica de las personas y hogares.
El objetivo establecido por la normativa es que el RUI se convierta en el instrumento de focalización de los subsidios, programas, políticas, planes, proyectos y servicios de la oferta social del Estado.
El Decreto 0662 recuerda que el RUI fue creado por el artículo 70 de la Ley 2294 de 2023 y que, antes de convertirse en el único instrumento de focalización, debía existir una etapa de transición y consistencia con los mecanismos que ya estaban funcionando.
¿Y qué tiene que ver el RUI con Renta Ciudadana?
Aquí está la parte que más preocupa a las familias.
Renta Ciudadana no entrega dinero simplemente porque una persona esté inscrita en una base de datos.
El programa tiene unas condiciones de focalización, acceso, permanencia y salida.
Cuando cambia la herramienta utilizada para determinar quién puede recibir un programa social, es necesario revisar nuevamente la información de los posibles beneficiarios.
Por eso la implementación del RUI puede cambiar la situación de algunos hogares.
Prosperidad Social señaló que, al revisar los nuevos criterios de focalización y permanencia, existe una estimación según la cual cerca del 49 % de los hogares beneficiarios podría verse afectado por la aplicación del nuevo instrumento.
¡Ojo con esto!
Eso no significa que el 49 % de las familias ya haya perdido Renta Ciudadana.
Tampoco significa que todas esas familias automáticamente quedarán por fuera.
Lo que significa es que la entidad identificó un posible impacto de esa magnitud y por eso está realizando una revisión técnica antes de continuar con el proceso.
¿Qué dice realmente el Decreto 0662 de 2026?
Este punto es fundamental porque en redes sociales pueden aparecer interpretaciones diferentes.
El Decreto 0662 de 2026, expedido el 26 de junio, modifica las reglas de transición hacia el RUI.
En su artículo 1 establece que las entidades públicas y los particulares que ejercen funciones públicas deberán realizar la transición al RUI como instrumento de focalización de la oferta social.
Pero no se trata simplemente de apagar el Sisbén un día y encender el RUI al siguiente.
La norma ordena realizar varias tareas antes y durante la transición.
Entre ellas están:
- Analizar el impacto del cambio hacia la clasificación del RUI.
- Identificar las poblaciones que serían objeto de la transición.
- Definir mecanismos y plazos para adoptar el RUI.
- Establecer los puntos de corte de acceso a cada programa.
- Determinar las condiciones de entrada, permanencia y salida de los programas.
El Departamento Nacional de Planeación también debe brindar asistencia técnica a las entidades que ejecutan programas sociales para que puedan utilizar la información del RUI y del Registro Social de Hogares (RSH) para caracterizar a su población objetivo.
Entonces, ¿el RUI ya comenzó a funcionar?
Sí, pero existe una etapa de transición.
Y aquí aparece una de las fechas más importantes del Decreto 0662.
La norma establece que las entidades deberán transitar hacia el RUI a partir del 1 de agosto de 2026 como único instrumento de focalización de la oferta social, pero al mismo tiempo establece un período especial para completar la transición de los beneficiarios que habían sido identificados mediante el Sisbén.
El decreto amplía ese proceso hasta el 31 de octubre de 2026.
Es decir, explicado de manera sencilla:
Agosto: comienza una nueva etapa de aplicación del RUI.
Agosto a octubre: existe un período de transición para los beneficiarios y potenciales beneficiarios identificados previamente mediante el Sisbén.
31 de octubre de 2026: es la fecha establecida por el decreto para finalizar ese proceso de transición.
Por eso no sería correcto decir simplemente que “el Sisbén desapareció y todos pierden las ayudas”.
La situación es mucho más compleja.
¿Por qué se necesita una transición?
Porque el Gobierno no solamente tiene que cambiar una base de datos.
Tiene que lograr que diferentes entidades puedan compartir, consultar y utilizar correctamente la información.
El propio Decreto 0662 explica que todavía era necesario terminar actividades relacionadas con la interoperabilidad de los sistemas de información, adoptar lineamientos técnicos y operativos, fortalecer las capacidades institucionales y garantizar que el RUI pueda funcionar adecuadamente en todo el territorio nacional.
¿Interoperabilidad?
A lo coquito significa que los diferentes sistemas de información puedan “hablar entre ellos”.
Por ejemplo, que una entidad pueda consultar información necesaria de otra entidad de manera segura y organizada.
Si esos sistemas no están correctamente conectados, una mala aplicación del RUI podría generar problemas de focalización.
Por eso el decreto decidió ampliar el período de transición.
¿Qué dice el decreto sobre el 31 de octubre?
Esta es probablemente una de las partes más importantes del documento.
El artículo 2 del Decreto 0662 adiciona una disposición denominada “Transitoriedad”.
Esta establece que el plazo para finalizar la transición de los beneficiarios y potenciales beneficiarios que hasta el 31 de julio de 2026 habían sido identificados mediante el Sisbén hacia el RUI será hasta el 31 de octubre de 2026.
Además, las entidades responsables de los programas sociales deben adoptar y publicar un acto administrativo en el que expliquen cómo será la transición.
Ese esquema debe incluir:
- El cronograma.
- Las actividades operativas.
- Los mecanismos de atención a los ciudadanos.
- Las estrategias de información y pedagogía.
Y esas actividades de información deberán desarrollarse durante todo el período de transición, hasta el 31 de octubre de 2026.
¿Por qué se aplazó el cuarto ciclo de Renta Ciudadana?
Según la información entregada por Prosperidad Social, el problema está relacionado con la necesidad de revisar la implementación del RUI antes de ejecutar el cuarto ciclo de pagos.
La entidad explica que realizar el pago bajo el cronograma que comenzaba el 21 de agosto, mientras se aplicaban simultáneamente los nuevos criterios del RUI, podía generar un impacto importante sobre la continuidad de las transferencias.
Por eso se tomó la decisión de reprogramar el cuarto ciclo para septiembre.
Pero atención:
Septiembre no significa una fecha exacta.
Prosperidad Social no ha informado todavía qué día comenzarán los pagos.
La fecha deberá anunciarse oficialmente cuando estén listas las condiciones:
- Técnicas.
- Jurídicas.
- Operativas.
Por ahora, lo confirmado es septiembre, no un día específico.
¿Cuánto dinero reciben las familias de Renta Ciudadana?
De acuerdo con el comunicado de Prosperidad Social utilizado como base para esta información, Renta Ciudadana llega aproximadamente a 700.000 hogares y contempla transferencias de hasta $500.000 cada dos meses, dependiendo de las condiciones y características del hogar.
Esto es importante porque para muchas familias el dinero de Renta Ciudadana representa un apoyo para comprar alimentos, pagar servicios y cubrir otras necesidades básicas.
Por eso el cambio hacia el RUI no es simplemente un asunto de computadores o bases de datos.
Detrás de cada registro hay una familia que está esperando un recurso.
Ventanilla Social RUI y familias damnificadas Temblor: ¿qué deben hacer quienes lo perdieron todo después de un desastre?
¿También se aplaza Compensación del IVA?
Sí.
La reprogramación anunciada corresponde al cuarto ciclo de Renta Ciudadana y Compensación del IVA.
Por ahora, Prosperidad Social ha indicado que este ciclo será programado para septiembre.
Al igual que con Renta Ciudadana, no debe confundirse “reprogramado para septiembre” con “pago confirmado para determinado día de septiembre”.
La fecha exacta deberá ser comunicada posteriormente por la entidad.
¿Las familias deben volver a inscribirse?
No.
La información entregada por Prosperidad Social indica que las familias no deben realizar una nueva inscripción por esta reprogramación.
Tampoco deben:
- Pagar dinero para conservar el beneficio.
- Entregar dinero a intermediarios.
- Comprar formularios.
- Pagar supuestas actualizaciones del RUI.
- Entregar claves bancarias a personas desconocidas.
Si alguien aparece diciendo:
“Yo le actualizo el RUI y le garantizo Renta Ciudadana por $50.000”
¡Cuidado!
Los trámites de Prosperidad Social son gratuitos.
¿Entonces debo actualizar mis datos?
La reprogramación del cuarto ciclo no significa que todas las familias tengan que hacer un trámite nuevo.
Sin embargo, como el proceso de transición implica cambios en la información utilizada para focalizar los programas sociales, es recomendable que las familias mantengan actualizada la información que corresponda en las entidades oficiales cuando exista un procedimiento habilitado para hacerlo.
Lo más importante es no pagarle a nadie por supuestos trámites relacionados con el RUI.
¿Qué pasará después del 31 de octubre?
El Decreto 0662 no dice que automáticamente todas las personas identificadas por Sisbén dejarán de recibir ayudas el 1 de noviembre.
Lo que establece es que el proceso de transición deberá finalizar hasta el 31 de octubre de 2026 para los beneficiarios y potenciales beneficiarios incluidos en la disposición transitoria.
Después, cada programa deberá aplicar sus propias reglas de focalización y permanencia.
Por eso una familia no debería asumir:
“Estoy en Sisbén, entonces me van a sacar”.
Pero tampoco debería asumir:
“Ya recibo Renta Ciudadana, entonces tengo el pago asegurado para siempre”.
La realidad está en medio.
Los hogares deberán cumplir las condiciones establecidas para cada programa.
¿Qué pasa con el Sisbén?
El decreto establece cambios importantes en materia de focalización.
En particular, modifica disposiciones anteriores y señala que, a partir del 1 de agosto de 2026, se producen derogatorias relacionadas con determinados capítulos y disposiciones del Decreto 1082 de 2015.
Esto hace parte de la transición hacia un sistema de focalización basado en el RUI.
Sin embargo, nuevamente hay que tener cuidado con una interpretación demasiado rápida.
El hecho de que el RUI se convierta en el instrumento de focalización no significa que todas las familias deban abandonar inmediatamente todos los trámites relacionados con el Sisbén ni que una persona quede automáticamente excluida de los programas sociales.
Cada programa tendrá que establecer sus mecanismos y criterios de transición.
¿Qué deben hacer ahora los beneficiarios?
La recomendación más sencilla es:
1. No entrar en pánico
El pago no fue cancelado definitivamente.
Fue reprogramado para septiembre.
2. No pagar intermediarios
Ningún supuesto gestor puede garantizar que una familia continúe en Renta Ciudadana.
3. No hacer una nueva inscripción por el simple aplazamiento
Prosperidad Social informó que no es necesario realizar un trámite adicional debido a la reprogramación.
4. Esperar información oficial
La fecha exacta de septiembre deberá ser anunciada por Prosperidad Social.
5. Revisar los canales oficiales
No confiar en cadenas de WhatsApp, publicaciones de Facebook o videos que anuncien fechas sin respaldo oficial.
6. Mantenerse informado
El proceso del RUI todavía está atravesando una etapa de transición que, según el Decreto 0662, llega hasta el 31 de octubre de 2026.
¿Qué significa todo esto en una sola frase?
Si lo explicamos a lo coquito, sería así:
El Gobierno está cambiando la manera de identificar a las familias que pueden recibir ayudas sociales, pasando hacia el RUI, pero como todavía hay aspectos técnicos y operativos que deben ajustarse, Prosperidad Social decidió no realizar el cuarto pago el 21 de agosto y lo reprogramó para septiembre mientras revisa cómo aplicar correctamente las nuevas reglas.
Y hay una fecha que debemos tener muy presente:
📅 31 DE OCTUBRE DE 2026
Ese es el plazo que el Decreto 0662 de 2026 establece para finalizar el proceso de transición de los beneficiarios y potenciales beneficiarios que habían sido identificados mediante el Sisbén hacia el RUI.
¿Se perderá Renta Ciudadana?
No podemos afirmar que todas las personas actualmente beneficiarias perderán Renta Ciudadana.
Lo que sí sabemos es que la aplicación del RUI puede modificar la focalización de los programas y que Prosperidad Social está revisando el impacto.
El dato del 49 % debe entenderse como una estimación del posible impacto comunicada por Prosperidad Social, no como una lista definitiva de personas que serán retiradas.
La permanencia de cada hogar dependerá de las reglas de focalización y de las condiciones que finalmente correspondan a cada programa.
Conclusión
El cuarto ciclo de Renta Ciudadana y Compensación del IVA no comenzará el 21 de agosto de 2026, como se había anunciado inicialmente.
Prosperidad Social informó que el ciclo será reprogramado para septiembre, pero todavía no existe un día exacto confirmado.
La razón está relacionada con la transición hacia el Registro Universal de Ingresos (RUI) y la necesidad de revisar que su implementación no genere problemas en la focalización y continuidad de la oferta social.
El Decreto 0662 del 26 de junio de 2026 amplió el período de transición hasta el 31 de octubre de 2026, estableciendo que las entidades deben definir sus esquemas de transición, cronogramas, mecanismos de atención y estrategias de información para los ciudadanos.
Por ahora, la recomendación para las familias es muy sencilla: no pagar a intermediarios, no creer en fechas no confirmadas y esperar los anuncios oficiales sobre el cuarto ciclo.
En ayudascolombia.com puedes consultar las novedades, fechas de pago, requisitos y explicaciones sobre Renta Ciudadana, Compensación del IVA, Sisbén y RUI.
- ¿Se acaba Renta Ciudadana para algunos hogares? Esto dice el Decreto 0662 sobre el nuevo RUI

- Ingreso Mínimo Garantizado: comenzaron los pagos de agosto en Bogotá, ¿cuánto dinero reciben los beneficiarios en 2026?

- Ventanilla Social RUI y familias damnificadas Temblor: ¿qué deben hacer quienes lo perdieron todo después de un desastre?

- ¿Cómo corregir la clasificación del RUI si me subió el grupo? Esto debe saber

- Renta Ciudadana:Hogares afectados por inundaciones comienza el 14 de agosto


